UNIFORMES

Artículo 4º: UNIFORME.

El uniforme de los estudiantes de la institución educativa será el que determine el gobierno departamental y/o nacional o en su defecto, la determina el Consejo Directivo.

PARÁGRAFO PRIMERO: Mientras se define, por cualquiera de las entidades administrativas enunciadas en este artículo, el uniforme seguirá siendo en que se venía utilizando, o sea:

UNIFORME DE DIARIO.

NIÑAS: Blusa azul cielo estilo camisero con el logotipo de la institución educativa ubicado en la manga izquierda.

=Jumper de cuadros azules oscuro con blanco.

=Medias Azul turquí.

=Zapatos negros cerrados.

VARONES: Camisa Guayabera Azul Cielo con el logotipo de la institución educativa en la manga Izquierda.

=Pantalón Azul Turquí de Lino con línea o corte clásico.

=Medias Azul Turquí.

=Zapatos Negros cerrados.

UNIFORME PARA EDUCACIÓN FÍSICA:

Para ambos sexos:

Suéter Azul oscuro y blanco con el escudo de la institución

Sudadera azul oscuro con vivos blanco.

Medias Azul turquí por encima del tobillo.

Zapatos deportivos blancos.

UNIFORME DE TRABAJO PARA LA GRANJA EXPERIMENTAL:

Para ambos sexos en el nivel de educación media técnica:

Pantalón Jean índigo.

Camisa de algodón color Caqui con el escudo de la institución en el bolsillo.

Gorra del mismo material del pantalón con el escudo de la institución.

Botas pantaneras negras.

Camiseta blanca cuello v o redondo.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El uniforme para la promoción de grado once será opcional y dependerá de la aprobación del consejo directivo.

 

Artículo 5º: PRESENTACIÓN PERSONAL.

Los estudiantes deben portar el uniforme establecido por la institución en todos los aspectos programados por la misma; en casos excepcionales se les permitirá asistir con vestido particular.

Parágrafo 1: Si un estudiante por alguna razón no pudiese portar el uniforme para asistir a sus actividades diarias, deberá acercarse a la Coordinación de Convivencia y justificarlo; sin incurrir en reincidencia y esta a su vez, informará a su director de grupo y docentes en general.

Parágrafo 2: El estudiante no podrá asistir a clases si reincide sin justificación en la no presentación del uniforme establecido.